Si va a comprar un vehículo o ya lo ha comprado, el siguiente paso es cambiarlo a su nombre. Desde JC Gestores realizamos este proceso de forma rápida y al instante, de manera telemática, de cualquier tipo de vehículo, coches, motos, ciclomotores, quads, furgonetas, expidiendo en el mismo momento un permiso de circulación temporal oficial de la DGT a su nombre mientras se imprime el definitivo. Previamente verificamos que el vehículo este ‘’limpio’’ y sea transferible.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cuál es la documentación necesaria?
- Mandato firmado por comprador y vendedor
- DNI de comprador y vendedor (ambas caras)
- Tarjeta de inspección técnica (todas sus caras)
- Permiso de circulación
- Contrato de compraventa
¿Qué se necesitamos para darle presupuesto?
Necesitamos ver la tarjeta de inspección técnica o ficha de ITV
¿En que caso no es transferible un vehículo?
Un vehículo no es transferible en varias situaciones, las más comunes son:
- El titular ha fallecido
- El IVTM (sello) del año anterior está pendiente de pago
- El vehículo está de baja temporal
- El vehículo está notificado a nombre de otra persona
- El vehículo tiene reserva de dominio
¿En que casos es un vehículo transferible aunque tenga alguna incidencia?
Es transferible aunque:
- Tenga caducada la ITV
- No haya pasado la última ITV
- Este sin seguro
- Tenga un embargo o un precinto (en este caso el comprador debe firmar que conoce la situación)
¿Qué tributos se liquidan en las transferencias de vehículos?
En el momento de transferir un vehículo se liquidan:
- Una tasa de la DGT
- El modelo 620 del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de la Comunidad Autónoma de residencia del comprador.